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Video tira argumento de Mario Jiménez para liberar a presunto homicida de Nanacamilpa

 

-Magistrado dejó insubsistente lo actuado al argumentar que no existía “constancia en las videograbaciones que demuestre que el defensor que asistió al acusado sea licenciado en derecho”.

-Pero sí hay video que muestra el momento en que abogado exhibió cédula y el imputado aceptó la representación legal.

-El asesor jurídico de la víctima y el Ministerio Público se inconformaron con la resolución, sin embargo, se ignora el paradero del acusado.

Una videograbación de la audiencia inicial del Juzgado de Control y Juicio oral celebrada el 1 de abril del año 2020 evidenció inconsistencias en una determinación del magistrado de la Sala Penal y Especializada en Administración de Justicia para Adolescentes del Tribunal Superior de Justicia en el Estado (TSJE), Mario Jiménez Martínez, que derivó en la liberación de un sujeto acusado de homicidio.

Se trata del asesinado a quemarropa de Salvador N., ocurrido el 29 de marzo del año pasado en Nanacamilpa y por el cual fue detenido Juan Luis N.; no obstante, el 9 de septiembre el sistema de justicia, por medio del juez Alfonso González, ordenó su inmediata liberación y reponer el procedimiento desde el control de la detención hasta la vinculación a proceso como parte de la causa penal 81/2020.

Dentro del análisis del toca penal (T.P.S.A.A.y O.15/2020-3) al que tuvo acceso este medio, el magistrado dejó insubsistente todo lo actuado entre varias razones, que “no existe constancia en las videograbaciones que demuestre que el defensor que asistió al acusado, en la celebación de la Audiencia inicial y su continuación, sea licenciado en derecho o abogado titulado con cédula profesional registrada, es claro que se violo (sic) en perjuicio del acusado, su derecho a gozar de una defensa adecuada”, lo que constituirá, según ese toca, una falta al debido proceso.

Sin embargo, la videograbación en poder de este medio muestra que el abogado defensor del acusado de homicidio, adscrito a la defensoría pública, sí presentó ante la juez que conoción del caso su cédula profesional durante la audiencia inicial celebrada en la sala de audiencias número 2, del Juzgado de Control y Juicio oral celebrada el 1 de abril de este mismo año.

En esa misma audiencia el Ministerio Público de la Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE) acreditó la responsabilidad y la detención de Juan Luis N., por lo que se ejercitó la acción penal.

Ante ello, la juez calificó de legal la detención del imputado y, posteriormente, decretó la vinculación a proceso por el delito de homicidio calificado para lograr la prisión preventiva oficiosa y recluir en el Cereso de Apizaco al entonces acusado de homicidio calificado.

En la citada grabación, de la cual, para su difusión pública se ocultan los rostros y se suprimen los nombres de los participantes (en atención a la protección de datos personales, pero cuya versión original obra en este medio), comenzó a las 10 horas 55 minutos del 1 de abril de 2020 dentro de la causa judicial 81/2020, y se observa el momento en que se exhibe la cédula profesional del abogado defensor del presunto homicida.

VIDEO…

Aún con dicho video de prueba y testimonio de la audiencia, y que la PGJE demostró la existencia de la cédula profesional; en la resolución del magistrado del 9 de septiembre ordenó dejar sin efecto y reponer el procedimiento desde el control de detención hasta la vinculación a proceso.

Sin embargo, de acuerdo con la información a la que tuvo acceso la familia del hoy occiso, las partes fueron notificadas el pasado 10 de septiembre de la nueva resolución, pero el juzgado tuvo conocimiento hasta el 11 de septiembre, pero se vio imposibilitado a conocer los detalles de la misma, y fue hasta el 22 de septiembre cuando tuvo real conocimiento de la resolución.

De ahí que, según el análisis de la representación legal de la víctima, dejaron pasar 11 días antes de que el juzgado determinara la reposición del procedimiento.

Es decir, si la detención fue legal o ilegal, tiempo que fue aprovechado por la defensa del acusado para alegar que se encontraba detenido ilegalmente, ya que se habían rebasado las 48 horas previstas en la ley para determinar la legal detención del homicida Juan Luis N., y, por lo cual, el juez Alfonso González se vio obligado a decretar la libertad del imputado.

Luego de tener acceso a la videograbación, la familia del joven asesinado emprendió una nueva batalla legal en contra de la resolución inicial del magistrado Mario Jiménez, así como de la determinación del juez Alfonso González quien ordenó la liberación del acusado.

Como parte de este tortuoso proceso, el pasado 14 de octubre de 2020, fecha marcada para continuar con el caso, el probable homicida no se presentó, ya que su defensa argumentó que había enfermado de Covid-19, por cierto, mediante una receta sin datos médicos, sellos, así como de carencia de datos de identificación del especialista tratante de la enfermedad, expuso la madre del joven asesinado en Nanacamilpa, Maria Iram González Benitez.

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