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Los derechos humanos ¿cómo se comen?

ANCIANA-COME-ASILO

En junio del 2011 la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos es protagonista de un cambio histórico: la reforma en materia de Derechos Humanos y relación de tratados internacionales de los que México es parte.  ¿Qué? ¿Derechos humanos? ¿Cómo?Pues las mismas preguntas se hicieron tanto jueces, autoridades y ciudadanos. Comenzó formalmente (y afortunadamente) la era de los derechos humanos en México.

Los derechos humanos están enmarcados dentro de una concepción iusnatulista. Es decir, poseen un vínculo con la naturaleza propia del ser humano. Los derechos humanos son derechos que tenemos por el hecho de ser personas. Varios autores han hecho propuestas de definición, sin embargo, convergen siempre en los siguientes puntos.

Proteger la vida, la dignidad y la libertad: Al término de la segunda guerra mundial los líderes mundiales reunidos en la recién creada Organización de las Naciones Unidas se comprometieron a no permitir nunca más atrocidades como las sucedidas entre 1939 y 1945. Para lo cuál era necesario complementar la Carta de las Naciones Unidas con una “hoja de ruta para garantizar los derechos de todas las personas en cualquier lugar y en todo momento”.

El término de derechos humanos nace en 1948 cuándo la Declaración Universal de los Derechos Humanos vio la luz después de un trabajo de cabildeo y redacción verdaderamente colosal, pues intelectuales, políticos y líderes culturales y religiosos tuvieron que poner de acuerdo a un mundo dividido. Incluso si esas palabras eran nuevas en el lenguaje de la humanidad, no lo es la búsqueda de garantías de justicia y de dignidad. Los antecedentes de los derechos humanos se remontan mucho muy atrás. Se considera que el Cilindro de Ciro, redactado en el año 539 a.C. por Ciro El Grande, el emperador de Babilonia, es el primer documento de derechos humanos.

Existen otros documentos que fueron creando un terreno fértil para la Declaración Universal tales como: La Declaración de derechos inglesa de 1689, la Declaración de Independencia de los Estados Unidos de América y la Declaración francesa de los derechos del Hombre y del Ciudadano.

Limitar el poder del Estado: Los derechos humanos también tienen un componente fuerte de oposición entre el Estado y sus habitantes. Se exige del Estado un “no hacer”. Esta característica tiene como antecedente la Carta Magna, que surge en Inglaterra 1215 a.D., cuando el Rey Juan, se vio obligado a conceder una serie de normas jurídicas a favor de los nobles, limitando su poder.

Los derechos humanos nos ponen en igualdad de poder para dialogar con los representantes del Estado, nos empodera y nos da armas para librar la batalla contra el Leviatán opresor. No puede desaparecernos, no puede privarnos de la vida, no puede negarnos la justicia. A través de los derechos humanos es que la democracia recobra el sentido y nos devuelve el lugar central a los ciudadanos. En la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de Francia, en 1789, se plasma en su artículo 2, los fines del Estado, al establecer: “La meta de toda asociación política es la conservación de los derechos naturales e imprescriptibles del hombre. Estos derechos son la libertad, la propiedad, la seguridad y la resistencia a la opresión”.

Exigir al Estado: En contraposición a lo anterior, los derechos humanos también imponen a los Estados ciertas obligaciones de “hacer” con respecto a los denominados Derechos Económicos Sociales y Culturales. Es obligación de los Estados democráticos asegurar el acceso a la educación, construyendo escuelas, capacitando a profesores, pagando salarios justos; el derecho a la salud, construyendo hospitales, abasteciéndolos de medicamentos e instrumental, facilitando el acceso a ellos. Históricamente, la Constitución Mexicana es reconocida como la primera constitución en el mundo en incluir estos derechos, y ha sido imitada y citada desde entones.

Este tipo de derechos humanos representan la plataforma para que las personas puedan desarrollar sus capacidades, gozar de un nivel de vida adecuado; fijan niveles mínimos de bienestar que debe cubrir el Estado; además de que su implementación asegura la igualdad en todas sus dimensiones. La problemática mayor en la implementación y exigencia de estos derechos aparece cuándo se toca el tema de la progresividad. Muchos Estados han alegado que el cumplimiento de estos derechos implica crear a largo plazo planes de acción y hacer inversiones mayúsculas.

Actuar en consecuencia a las nuevas necesidades: Las personas en el nuevo milenio y desde finales del siglo XX comenzaron movimientos importantes de exigencia de nuevos derechos adaptados a las nuevas formas de discriminación o a una realidad que mucho había cambiado desde la postguerra. Es por eso que los derechos humanos incluyeron también estas nuevas formas de “ser” en el mundo. Dentro de estas nuevas necesidades surgen las luchas de la comunidad LGBTTTI, los movimientos alter-mundistas y ambientales, así como las luchas por la exigencia de los derechos de los pueblos indígenas. Respecto a esta adaptación de las leyes a la realidad, vale la pena citar a Estefanía Vela Barba quién durante la presentación de la colección Equidad de género y democracia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación comentó “La realidad cambia y las leyes deben cambiar con ella; y eso está bien”. Refriéndose a la importancia que tiene enmendar, cambiar o derogar leyes que ya no se adapten a una realidad vigente.

Si bien, los derechos humanos son derechos como el resto de los contenidos en nuestras leyes, se caracterizan por permitir el proyecto de vida de cada persona y de los pueblos. No es cualquier reforma la del 2011, implica un gran trabajo de las organizaciones civiles y de la comunidad internacional que presionaron al gobierno a hacer este cambio e implica por otro lado un enorme compromiso de las autoridades y la población. Habrá que cambiar paradigmas en todos los sentidos: educar en derechos humanos, resolver conflictos conforme a los derechos humanos, juzgar con perspectiva de derechos humanos, promover los derechos humanos, garantizarlos y respetarlos en todos los ámbitos de la sociedad.